Tanto en el boletín de denuncia como en las resoluciones posteriores se señala como motivo para no haberse realizado la notificación el de “encontrarse el agente a pie”. La notificación de la denuncia se regula en el art. 76 del Real Decreto Legislativo 339/90, de 2 de marzo, por el que se aprueba el Texto Articulado de la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial, que establece:
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